Tasas de expedición de Guias
Para el traslado y la venta, tanto dentro como afuera de la provincia, de ganado, aves, maíz, miel, conejos, leña, etc., en su forma natural, sin modificaciones, se requiere contar con el DO.PRO(documento provincial) que incorpora tres conceptos en la misma boleta: el pago de la guía, el pago del certificado de venta y un pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
El DO.PRO debe gestionarse, con la documentación que acredite la propiedad del producto transportado, Carta de Porte, DTA, Factura o remito (dependiendo del tipo del mismo).
Para la emisión de este documento debe utilizarse la clave fiscal propia emitida por esta D.P.I.P o los Agentes de Recaudación designados para tal fin, cuya nomina se encuentra a continuación.