Desde el 1º de noviembre al 20 de diciembre, las personas con discapacidad tendrán tiempo de poder solicitar el beneficio al Impuesto Inmobiliario 2025. Toda la información de cómo solicitarlo y cuáles son las condiciones.
Para poder adjudicarse con dicho beneficio, deberán acercarse a las oficinas de DPIP o a través del sitio web, con Clave Fiscal. Si no posee Clave Fiscal puede generarla aquí.
Condiciones:
EN EL IMPUESTO INMOBILIARIO
- Se aplica a un único Inmueble que debe ser la casa habitación del discapacitado, sea de su propiedad o de un familiar, (cónyuge o conviviente, ascendiente o descendiente, tutor o curador)
- Presentar y/o adjuntar la siguiente documentación en original:
- DNI
- Certificado de Discapacidad expedido por Autoridad Competente
- Informar N° de padrón inmobiliario
Otras condiciones:
- Si quien solicita el beneficio no es la persona discapacitada, se debe acreditar vinculo y presentar DNI
- En caso de corresponder acreditar parentesco, se deberá presentar original de:
- Acta de matrimonio o libreta de casamiento y DNI del cónyuge
- Constancia de convivencia y DNI de la pareja
- Acta/s de nacimiento
- Sentencia Judicial del discernimiento de la curatela
EN EL IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES.
- Se aplica a una única unidad destinada al uso exclusivo de la persona con capacidades diferentes o a su servicio. Sea de su propiedad o de un familiar, (cónyuge, ascendiente o descendiente, tutor o curador, colateral hasta el 2° grado)
- Presentar y/o adjuntar la siguiente documentación en original:
- DNI
- Certificado de Discapacidad expedido por Autoridad Competente
- Título o Cédula Verde del Automotor
- Acreditar vinculo familiar, (acta de matrimonio, nacimiento, sentencia judicial del discernimiento de la curatela)