IMPUESTO DE SELLOS

Tienen que pagar este impuesto todas las personas, asociaciones, organizaciones, empresas, por los actos, contratos u operaciones onerosos, instrumentados en la provincia de San Luis, o que tengan relación con hechos bienes situados en la provincia aunque se celebren los acuerdos fuera de ella.

Es un impuesto instantáneo, es decir que debe pagarse el impuesto cuando se instrumenta el acuerdo; siendo la forma de liquidación y pago del impuesto, de acuerdo el tipo de operación, mediante la presentación del documento en las oficinas de la DPIP para la liquidación y emisión de la boleta de pago correspondiente, o a través de los Agentes de Recaudación.

Novedades

Pago electrónico inmediato del Impuesto de SELLOS 14-04-20
La Dirección Provincial de Ingresos Públicos implementa el Pago electrónico Inmediato del Impuesto de Sellos.
Te mostramos cómo usar este nuevo servicio. Click aquí para ver tutorial

A partir del año 2008, a los efectos de determinar el monto a pagar de impuesto se deberá tener en cuenta el valor económico establecido por la DPIP en lugar de la valuación fiscal dispuesta por la Dirección Provincial de Catastro, para todos aquellos actos u operaciones relacionados con inmuebles provinciales.

Requisitos para tramites

Sellado de Contratos :

  • Se debe concurrir con el Contrato original y una copia.
  • Se liquidará el impuesto correspondiente, y luego de abonarlo en la sucursal del Banco Supervielle, se procede al sellado del contrato.

Impuesto de Sellos

Código Tributario y Ley Impositiva Anual Vigente. DESCARGAR:
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