Beneficios Fiscales 2023. Jubilados, Discapacitado, Héroe de Malvinas y otros.
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Modificación de vencimientos por actualización tecnológica
Estimado Contribuyente.
Se informa que los vencimientos de la presentación de declaraciones juradas y pagos de todos los impuestos que operen después del 6 diciembre y en enero serán prorrogados hasta el día 31 de enero del 2023.
Renovación de los sistemas informático de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos
La Dirección Provincial de Ingresos Públicos renovara completamente sus sistemas tecnológicos, aplicando herramientas informáticas de última generación y con los más altos estándares de seguridad.
Este nuevo sistema fue desarrollados bajo normas ISO 9001 y brinda más y mejores servicios, y mejor tiempo de respuesta ante nuevas necesidades. Además cuenta con un mayor nivel en ciberseguridad bajo las normas ISO 27001.
Fue desarrollado con un eficiente esquema de gestión y seguimiento de trámites, que permite modelar los flujos de los procesos a través de un ‘workflow’ configurable, y en el que cada usuario puede gestionar y seguir sus pedidos.
Posee un mayor nivel de disponibilidad, para que los usuarios puedan realizar sus tareas todos los días de la semana, las 24 horas.
Además para la comodidad de los usuarios, los sistemas fueron diseñados en formatos web y responsivos, es decir, que el diseño se adaptara a cualquier tamaño de pantalla.
Ver instructivos de la Nueva Clave Fiscal
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Instructivo Cómo obtener tu Clave Fiscal mediante validación biométrica de Renaper
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Instructivo para el pago de Microcréditos
Podes pagar tu microcrédito de manera presencial, solo con tu DNI, en cualquier Agencia de Quiniela Oficial (Multicash).
O puede pagarlo electrónicamente haciendo Click aquí
Video Instructivo
Instructivo Paso a Paso.
PASO 1: Click en «Consultar»
PASO 2: Seleccione «Microcréditos»
PASO 3: Ingrese el código de seguridad y su número de DNI.
PASO 4: Seleccione el medio de pago.
PASO 5: Si seleccionó PagoMisCuentas o Link, haga click en el logo correspondiente
PASO 6: Copie el código de pago electrónico y diríjase al sitio de PagoMisCuentas o de PAGAR y busque el impuesto «San Luis Tasas Prov Vep»
Pago electrónico mediante Clave Fiscal.
PASO 1: Click en «Gestionar»
PASO 2: Ingresar con cuit y contraseña
PASO 3: Click en la persona correspondiente
PASO 4: Ingresar en «Microcreditos»
PASO 5: Ingresar en el Microcrédito correspondiente.
PASO 6: Seleccione la cuota y el medio de pago.
PASO 7: Click en «PagoMisCuentas» o «Link». dependiendo que eligió.
PASO 8: Copie el código de pago electrónico y diríjase al sitio de PagoMisCuentas o de PAGAR y busque el impuesto «San Luis Tasas Prov Vep»
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BENEFICIO PARA: Diferimiento Fiscal
Diferimiento por 12 meses el pago de deudas de impuestos provinciales, sus intereses y multas, debidamente conformadas, generadas desde el uno (1) de enero del 2020 hasta el 30 septiembre de 2021, las que posteriormente serán incorporadas a una moratoria especifica.
¿Qué impuestos incluye?
-
Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
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Impuesto Inmobiliario.
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Impuesto Automotor, acoplados y motocicletas.
-
Impuesto de Sellos.
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Sus Intereses y multas.
¿Dónde puedo inscribirme?
Mediante Clave Fiscal, en la DPIP, delegaciones y receptorías.
¿Desde y Hasta cuándo me puedo inscribir para recibirlo?
Desde el 14/10/2021 hasta el 31/12/2021.
¿Cómo será la moratoria?
-
Vencimiento 1° Cuota: 31/10/2022.
-
Cuotas: Hasta 36 con cuota mínima de hasta $1000
-
Tasa de interés de financiación: 2% mensual.
Los contribuyentes que no registren deuda al 30/09/2021 incrementaran el premio al buen contribuyente, por tramo, hasta el 30%. El beneficio se aplicara a partir de los vencimientos de octubre 2021 (se aumenta 10% a cada tramo). Se aplicará en forma proporcional a los contribuyentes que pagaron la “cuota cero” (o sea, todo junto al principio), y se genera un crédito fiscal para el 2022.
Video Paso a Paso
Instructivo Paso a Paso
PASO 1: Ingresar en GESTIONAR
PASO 2: Acceda con su CLAVE FISCAL
PASO 3: Hacer click en “Adhesión de Diferimiento del Pago de Deudas”
PASO 4: Acceso al Plan
PASO 5: Seleccionar cantidad de cuotas y presionar en “Cotizar Facilidad de Pago”
PASO 6: Click en «suscribir facilidad de pago» y posterior click en «Confirmar Suscripción Plan de Pago»
PASO 7: Ingresar CBU y confirmarlo
Listo su Facilidad de pago ha sido confirmada con éxito.
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BENEFICIOS IMPOSITIVOS
PRIMER BENEFICIO
Diferimiento por 12 meses el pago de deudas de impuestos provinciales, sus intereses y multas, debidamente conformadas, generadas desde el uno (1) de enero del 2020 hasta el 30 septiembre de 2021, las que posteriormente serán incorporadas a una moratoria especifica.
¿Qué impuestos incluye?
-
Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
-
Impuesto Inmobiliario.
-
Impuesto Automotor, acoplados y motocicletas.
-
Impuesto de Sellos.
-
Sus Intereses y multas.
¿Dónde puedo inscribirme?
Mediante Clave Fiscal, en la DPIP, delegaciones y receptorías.
¿Desde y Hasta cuándo me puedo inscribir para recibirlo?
Desde el 14/10/2021.
¿Cómo será la moratoria?
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Vencimiento 1° Cuota: 31/10/2022.
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Cuotas: Hasta 36 con cuota mínima de hasta $1000
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Tasa de interés de financiación: 2% mensual.
Ver Instructivo para solicitar este beneficio
SEGUNDO BENEFICIO
Los contribuyentes que no registren deuda al 30/09/2021 incrementaran el premio al buen contribuyente, por tramo, hasta el 30%. El beneficio se aplicara a partir de los vencimientos de octubre 2021 (se aumenta 10% a cada tramo). Se aplicará en forma proporcional a los contribuyentes que pagaron la “cuota cero” (o sea, todo junto al principio), y se genera un crédito fiscal para el 2022.
TERCER BENEFICIO
Quienes incorporen personal para prestar servicio dentro de la provincia de San Luis y posean domicilio en la misma, podrán deducir de la Base Imponible del impuesto sobre los Ingresos Brutos, el monto abonado en el formulario 931 de AFIP (Aportes, contribuciones, obra social, aseguradora de riesgo de trabajo y seguro de vida) por cada nueva incorporación.
Cuando la incorporación sea de UN (1) beneficiario del Plan de Inclusión Social y/o del Programa Empezar, el Gobierno de la Provincia de San Luis, otorgara un beneficio de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) mensuales durante un año.
Ver instructivo para solicitar este beneficio
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Programa de Reactivación Productiva. Exención del impuesto a los Ingresos Brutos.
Descargas:
Ley Nº VIII-1050-2021
5189-JGM-2021 Reglamentación Ley 1050
Resumen:
Eximir del pago del Impuesto sobre los Ingresos brutos a los contribuyentes que revistan la calidad de Directos, cuyos ingresos anuales declarados en el periodo fiscal 2020; sean gravados no gravados o exentos y sin considerar la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA); no superen la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES CON 00/100 ($29.000.000).
Pasos para acceder al beneficio.
Video instructivo
Instructivo paso a paso.
PASO 1: Ingresar en GESTIONAR
PASO 2: Acceda con su CLAVE FISCAL
PASO 3: Seleccione el titular sobre el cual desea solicitar el beneficio.
PASO 4: Click en «Impuesto sobre los Ingresos Brutos Directos»
PASO 5: Click en «Ver DDJJ»
PASO 6: Click en «Solicitud de Exención Programa Reactivación Productiva»
PASO 7: En esta pantalla, podrá saber si cumple con los requisitos para solicitar el beneficio. Si cumple con los requisitos presione en «Solicitar».
PASO 8: Click en «Confirmar»
PASO 9: En esta pantalla podrá imprimir el comprobante y el Certificado de Exención.
PASO 10: Para poder utilizar el beneficio en las DDJJ futuras, en el último paso de sus declaraciones juradas debe marcar la opción. «Aplicar exención IIBB – Programa Reactivación Productiva»
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La DPIP certificó Normas ISO 9001 por séptimo año consecutivo
La Dirección Provincial de Ingresos Públicos certificó Normas ISO 9001 por séptimo año consecutivo
El contexto de pandemia, no le impidió a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos continuar perfeccionando y puliendo los procesos que hace un mejor desarrollo de la organización, en transparencia y seguridad, incluso incorporarando nuevas tecnologías en todos estos procesos que hacen a la mejor atención del contribuyente.
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Instructivo nueva funcionalidad web para la generación y presentación de las declaraciones juradas de agentes de PERCEPCIÓN
Agentes de Percepción IIBB
Esta funcionalidad estará disponible si el contribuyente está inscripto como Agente de Percepción de Ingresos Brutos en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos.
Ingresar a web agentes de retención y percepción
Según la Resolución General N°10/2021 (ver resolución). La misma aprueba el sitio web sistematributario.dpip.sanluis.gov.ar para la generación y presentación de las declaraciones juradas de agentes de los regímenes generales de percepciones y retenciones. Estableciendo la entrada en vigencia a partir del 1 de mayo, siendo de uso obligatorio para todos los agentes de percepción y retención a partir de 1 de agosto.
Este sistema estará disponible para realizar presentaciones a partir del anticipo 5 (mayo 2021), las presentaciones de abril 2021 deben realizarla con el aplicativo local.
Señor agente, se informa que todas las operaciones que generen comprobantes de retención y percepción, serán emitidos con la fecha del mes en curso únicamente.
Instructivo Actualizado 01-08-22
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Instructivo nueva funcionalidad web para la generación y presentación de las declaraciones juradas de agentes de RETENCIÓN
Agentes de Retención IIBB
Esta funcionalidad estará disponible si el contribuyente está inscripto como Agente de Retención de Ingresos Brutos en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos.
Ingresar a web agentes de retención y percepción
Según la Resolución General N°10/2021 (ver resolución). La misma aprueba el sitio web sistematributario.dpip.sanluis.gov.ar para la generación y presentación de las declaraciones juradas de agentes de los regímenes generales de percepciones y retenciones. Estableciendo la entrada en vigencia a partir del 1 de mayo, siendo de uso obligatorio para todos los agentes de percepción y retención a partir de 1 de agosto.
Este sistema estará disponible para realizar presentaciones a partir del anticipo 5 (mayo 2021), las presentaciones de abril 2021 deben realizarla con el aplicativo local.
Señor agente, se informa que todas las operaciones que generen comprobantes de retención y percepción, serán emitidos con la fecha del mes en curso únicamente.
Instructivo Actualizado 01-08-22
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