Charlas técnicas sobre Impuesto de Sellos
Continuando el Ciclo, esta semana se dio inicio a las Charlas Técnicas referidas al Impuesto de Sellos, el tributo que grava los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso instrumentados en la Provincia o con efectos en esta.
El módulo está a cargo de los Agentes de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Lorena Barbeito y Cristian Matías Gil Pérez.
Se abordó en líneas generales las disposiciones del Código Tributario Provincial – Ley VI-0490-2004 y lo establecido en concordancia en la Ley N° VIII-0253-2023 – Impositiva Anual para el ejercicio 2024, como así también la norma vigente a partir del 1 de enero del 2025.
Resaltando cuando se configura la obligación de tributar, la divisibilidad del mismo, quienes son los responsables del pago del impuesto y como se determina la base imponible.
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JUBILADOS – Exención al 100% – Impuesto Inmobiliario 2025
Cómo solicitarlo y cuáles son las condiciones.
- En las oficinas de la D.P.I.P. o a través del sitio web, con clave fiscal, desde el 1 de Noviembre al 20 de Diciembre de 2024.
Si no posee clave fiscal puede generarla aquí
- Condiciones:
- Ser titular de un único Inmueble edificado en el cual vivís
- Si el solicitante es casado o conviviente, el cónyuge o conviviente, no debe tener propiedad en la provincia
- No poseer deuda exigible en el Impuesto Inmobiliario
- Acreditar ingreso único, de haber previsional dentro del grupo familiar, menor o igual a dos haberes jubilatorios mínimos, (actualmente $ 505.596,96).
- No estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
- Documentación a presentar:
- DNI
- Último recibo de haber jubilatorio, (y de corresponder, recibo de la pensión).
- Informar N° de padrón inmobiliario.
Otras condiciones:
- Si quien solicita no es el jubilado, acreditar vinculo y presentar DNI., (cónyuge/ tercero interviniente)
- En caso de corresponder, presentar en original:
- Acta de matrimonio o libreta de casamiento y DNI del cónyuge
- Constancia de convivencia y DNI de la pareja
- Acta de Divorcio
- Acta de Defunción
- Para Usufructuarios: Informe de dominio expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble
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PERSONAS CON DISCAPACIDAD – Beneficios 2025 – Impuesto Inmobiliario y Automotor
Cómo solicitarlo y cuáles son las condiciones.
- En las oficinas de la D.P.I.P. o a través del sitio web, con clave fiscal, desde el 1 de Noviembre al 20 de Diciembre de 2024.
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Condiciones:
EN EL IMPUESTO INMOBILIARIO
- Se aplica a un único Inmueble que debe ser la casa habitación del discapacitado, sea de su propiedad o de un familiar, (cónyuge o conviviente, ascendiente o descendiente, tutor o curador)
- Presentar y/o adjuntar la siguiente documentación en original:
- DNI
- Certificado de Discapacidad expedido por Autoridad Competente
- Informar N° de padrón inmobiliario
Otras condiciones:
- Si quien solicita el beneficio no es la persona discapacitada, se debe acreditar vinculo y presentar DNI
- En caso de corresponder acreditar parentesco, se deberá presentar original de:
- Acta de matrimonio o libreta de casamiento y D.N.I. del cónyuge
- Constancia de convivencia y D.N.I. de la pareja
- Acta/s de nacimiento
- Sentencia Judicial del discernimiento de la curatela
EN EL IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES
- Se aplica a una única unidad destinada al uso exclusivo de la persona con capacidades diferentes o a su servicio. Sea de su propiedad o de un familiar, (cónyuge, ascendiente o descendiente, tutor o curador, colateral hasta el 2° grado)
- Presentar y/o adjuntar la siguiente documentación en original:
- DNI
- Certificado de Discapacidad expedido por Autoridad Competente
- Título o Cédula Verde del Automotor
- Acreditar vinculo familiar, (acta de matrimonio, nacimiento, sentencia judicial del discernimiento de la curatela)
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HÉROES DE MALVINAS – Beneficios 2025 – Impuesto Inmobiliario y Automotor
Cómo solicitarlo y cuáles son las condiciones.
- En las oficinas de la D.P.I.P. o a través del sitio web, con clave fiscal, desde el 1 de Noviembre al 20 de Diciembre de 2024.
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- Condiciones:
EN EL IMPUESTO INMOBILIARIO
- Se aplica a un único Inmueble edificado que debe ser propiedad del beneficiario
- El avalúo fiscal del inmueble no debe ser mayor a los $ 7.776.000
- No poseer deuda exigible en el Impuesto Inmobiliario.
- Presentar y/o adjuntar la siguiente documentación en original:
- DNI
- Informar el N° de padrón inmobiliario
- Estar inscripto en el Registro Único de Ex Combatientes de Malvinas
EN EL IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES
- Se aplica a un único vehículo de uso personal del beneficiario
- El valor del vehículo no puede exceder los $ 40.000.000
- Estar inscripto en el Registro Único de Ex Combatientes de Malvinas
- No poseer deuda exigible en el Impuesto Automotor
- Presentar y/o adjuntar la siguiente documentación en original:
- Título o Cédula Verde del Automotor
- DNI del Titular / Ex Combatiente
- DNI de quien solicita el beneficio/tercero interviniente
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Charlas técnicas en la DPIP: Impuesto a los Automotores, Acoplados y Motocicletas
Esta semana los agentes de la Dirección Alberto Gutierrez y Eduardo Panelo desarrollaron el módulo sobre el Impuesto a los Automotores, teniendo como ejes temáticos la legislación vigente, las acciones operativas, los diferentes trámites que se canalizan en el área como así también los beneficios establecidos por diferentes normas, además de la Ley impositiva Anual, atendiendo a la situación de los contribuyentes o de vehículos con particularidades.
Asimismo se explicitó como se determina el valor fiscal tanto de automotores como de acoplados y motocicletas , monto de la base imponible, y la progresividad que se aplica en las alícuotas de acuerdo a lo establecido en la Ley Impositiva, como así también los años de antigüedad necesarios para dejar de pagar el Impuesto.
En el cierre de la charla se abordó el beneficio de Contribuyente Cumplidor a aplicar en el año 2025, y se compartieron índices de recaudación del Impuesto.
Vale recordar que las charlas se realizan tanto de manera presencial como a través de video conferencia, involucrando a los agentes de toda la Provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.