INMOBILIARIO Y AUTOMOTOR - Para mantener los beneficios 2026 debe cancelarse el impuesto antes del 31/12/2026
Para no perder los descuentos aplicados en las boletas de patentes e inmuebles del año 2026: bonificación especial y contribuyente cumplidor debe cancelarse el impuesto en el año 2026, hasta el 31 de diciembre.
De acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y 40° de la Ley VIII-0254-2025 – Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2026, se otorgó una bonificación de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) en la boleta de los padrones de Impuesto Inmobiliario urbano, suburbano y rural, y de las patentes de Automotores, Acoplados y Motocicletas. Asimismo los contribuyentes cumplidores sumaron descuentos de hasta el 40%, en un todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 7° y 43 de la Ley Impositiva 2026.
Los descuentos benefician a los que abonen el mismo durante el presente ejercicio fiscal, hasta el 31 de diciembre de 2026, es decir que si no se paga el impuesto, se reliquidara sin las bonificaciones debiendo pagarse la totalidad del mismo.
Restando casi tres meses para finalizar el año, aun queda tiempo para que se pague el impuesto 2026 y no se pierda la importante bonificación que será reliquidada a partir del mes de enero de 2027.